PLAN  ZAPATERO 2009

SE PUEDEN CONSULTAR TODAS LAS MEDIDAS EN LA PAGINA WEB:  www.plane.gob.es

MEDIDAS APROBADAS PARA PALIAR LA CRISIS. RESUMEN:

 

Deducción de 400 euros al año en el IRPF para cada contribuyente, que se anticipa mediante la reducción de las retenciones mensuales que realizan los empleadores. En 2008, se ha aplicado hasta 200 euros en la nómina de junio, y el resto se ha distribuido proporcionalmente en los seis meses restantes. En 2009 disminuye la retención en 33,33 euros al mes, durante los 12 meses, y supondrá una inyección aproximada de 6.000 millones de euros. Equivale a una elevación del mínimo exento de tributación de 1.667 euros.

 

 

MORATORIA TEMPORAL PARCIAL DE LAS CUOTAS HIPOTECARIAS:

 

la medida prevé una reducción voluntaria, previo pacto con la entidad financiera acreedora, en el pago de las cuotas hipotecarias de hasta el 50% y devengadas entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2010, siempre y cuando el préstamo hipotecario asociado haya sido suscrito con anterioridad al 1 de septiembre de 2008, tenga un importe inferior a 170.000 euros y esté destinado a la adquisición de la vivienda habitual. Las cantidades no satisfechas durante el periodo de moratoria parcial se compensarán a partir de 1 de enero de 2011 mediante su prorrateo entre las mensualidades que resten para la satisfacción total del préstamo hipotecario con un límite máximo de 10 años. Las cantidades cuyo abono se aplace contarán con avales del Estado.

Podrán acogerse a esta medida los ciudadanos que CUMPLAN:

  • a) Ser trabajador por cuenta ajena en situación legal de desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.

ELIMINACION DEL IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO:

En vigor. Incluida en la Ley 4/2008 de 23 de diciembre.

Información adicional

http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/25/pdfs/A51998-52024.pdf

Teléfono de información: 901 33 55 33

ANTICIPO DE LA DEDUCCION POR VIVIENDA HABITUAL: PODEIS SOLICITAR A LA EMPRESA ESTA REDUCCION DE IRPF EN NÓMINA RELLENANDO EL MODELO 145.

Con objeto de adecuar el beneficio fiscal de la deducción en el IRPF por adquisición de vivienda habitual con los pagos de las cuotas hipotecarias de los contribuyentes, se reduce en dos puntos las retenciones de aquellos contribuyentes que así lo soliciten.

Es decir, un contribuyente al que se le retuviese un 15% en la nómina mensual, si se acoge a esta medida, se le pasará a retener el 13%, en previsión de la deducción a la que podrá acogerse cuando presente la declaración de la renta. Trabajadores por cuenta ajena y autónomos con rentas inferiores a 33.000 euros.

Aprobada por Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre de 2008. Desde el 18 de diciembre está disponible el modelo para que el contribuyente comunique que se acoge a esta medida.

Información adicional

http://www.agenciatributaria.es

Teléfono de información 901 335533

AMPLIACION DE LOS PLAZOS DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS SIN COSTE ALGUNO DURANTE DOS AÑOS:

Sobre la base de un acuerdo previo entre prestamista y prestatario, se promueve la ampliación del plazo de los préstamos hipotecarios concedidos para la adquisición, construcción y rehabilitación de la vivienda habitual realizada durante los dos años a partir de la entrada en vigor de la medida (abril de 2008) sin coste alguno en concepto de comisiones. En segundo lugar, se eximen de gravamen del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados las escrituras públicas que documenten la ampliación del plazo de dichos préstamos. Finalmente, la ampliación tampoco conlleva el pago de los correspondientes aranceles notariales y registrales.

Beneficiarios

Todos los ciudadanos que estén amortizando préstamos hipotecarios y que decidan ampliar el plazo de dichos préstamos hasta abril del año 2010 verán reducido el coste de realizar esta operación. Los ciudadanos deben solicitarlo a su entidad financiera.

Esta medida entró en vigor a través del Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril y del Acuerdo firmado el 29 de abril de 2008.

Información adicional

http://www.tesoro.es/doc/SP/legislacion/triptico%20ENLACES.pdf

AMPLIACION DEL PLAZO PARA MATERIALIZAR LA CUENTA AHORRO-VIVIENDA:

Esta medida permite que las cantidades depositadas en las cuentas vivienda, que por la finalización del citado plazo, debieran destinarse a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2008 y el día 30 de diciembre de 2010, puedan destinarse a dicha finalidad hasta el día 31 de diciembre de 2010, sin que ello implique la pérdida del derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual. Por tanto, se amplia el plazo para materializar la compra de vivienda una vez transcurridos los cuatro años.

Beneficiarios

Los titulares de las cuentas que han estado ahorrando para adquirir o rehabilitar su vivienda principal no se verán forzados a materializar su inversión en la actual coyuntura, en la que el endurecimiento en la condiciones de crédito hace especialmente difícil obtener financiación en términos razonables para estos fines.

Esta medida fue aprobada por el Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre.

Información adicional

http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/02/pdfs/A48135-48142.pdf

Teléfono de información: 901 335533